Micromovilidad en Colombia: de la regulación a la implementación
Colombia dio un paso relevante en la consolidación de la micromovilidad como parte del sistema de transporte urbano.
El 4 de agosto de 2026, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20263040030675 de 2026, mediante la cual reglamentó la circulación de vehículos de micromovilidad y desarrolló disposiciones de la Ley 2486 de 2025.
La nueva regulación establece una clasificación nacional para estos vehículos, define condiciones de circulación, velocidades máximas, restricciones para el uso de espacios exclusivamente peatonales y requisitos de identificación para determinadas categorías. También incorpora aspectos relacionados con seguridad vial, gestión ambiental y manejo de riesgos asociados a baterías y componentes eléctricos.
Una regulación necesaria para una realidad que ya existe
Bicicletas eléctricas, patinetas, monociclos y otros vehículos eléctricos livianos ya forman parte de la movilidad cotidiana de muchas ciudades colombianas.
Su crecimiento representa una oportunidad para promover viajes más sostenibles, facilitar desplazamientos de corta distancia y complementar otros modos de transporte. Al mismo tiempo, genera nuevos retos relacionados con la convivencia vial, la gestión de velocidades, la protección de los usuarios vulnerables y el uso adecuado del espacio público.
La nueva reglamentación permite avanzar hacia reglas más claras, pero también marca el comienzo de una nueva etapa: la implementación territorial.
El reto ahora está en las ciudades
Contar con un marco nacional es fundamental, pero las condiciones de movilidad no son iguales en todos los territorios.
Las entidades territoriales deberán analizar cómo se está desarrollando la micromovilidad en sus ciudades, identificar riesgos y conflictos, fortalecer los mecanismos de información y control y definir medidas acordes con sus características particulares.
Esto implica integrar la micromovilidad dentro de la planeación y la gestión de la movilidad, articulando aspectos como: seguridad vial y gestión de velocidades; regulación y control; caracterización de usuarios y vehículos; análisis de datos de siniestralidad; infraestructura disponible y condiciones de circulación; pedagogía y cultura vial; articulación con los demás modos de transporte; entre otros.
La regulación, por sí sola, no garantiza una movilidad más segura. Su efectividad dependerá de la capacidad de las ciudades para convertir sus disposiciones en decisiones concretas, sustentadas en evidencia y adaptadas al contexto territorial.
De la norma a una política efectiva de micromovilidad
La micromovilidad seguirá creciendo y transformando la manera en que las personas se desplazan. El desafío para las autoridades ya no consiste únicamente en regular nuevos vehículos, sino en integrarlos de manera segura, ordenada y sostenible dentro del sistema de movilidad.
Para hacerlo será necesario combinar regulación, seguridad vial, datos, tecnología, planeación y conocimiento del territorio.
ÉMINA cuenta con experiencia en movilidad, seguridad vial, políticas públicas, regulación, análisis de datos y fortalecimiento institucional para acompañar a entidades territoriales y organizaciones en este proceso. Desde el diagnóstico y la formulación de lineamientos hasta el diseño de estrategias de implementación, seguimiento y evaluación, el reto es convertir la nueva regulación en soluciones que funcionen en las calles y respondan a las necesidades reales de cada territorio.
La micromovilidad ya está aquí. El siguiente paso es gestionarla bien.